Mariano Latapi Ramirez
Por
Objetivo
Por
Objetivo
Esta norma tiene como objetivo,
otorgar el tratamiento contable que las PYMES deben otorgar a los pasivos que
se ocasionan en virtud de mantener relaciones laborales con trabajadores y
empleados, considerando las obligaciones a corto plazo (plazo menor a un año) y
a largo plazo (plazo mayor a un año) o a la terminación d ela relación laboral.
Alcance
Esta NIFPIMEX debe ser aplicable a
toda PYMES que emita Estados Financieros siempre que mantengan relaciones
laborales con sus empleados, y siempre que no manejen Planes de Pensiones o
jubilaciones con su personal, en este último caso se pide aplicar la Norma
Plena.
Definiciones
Obligaciones Laborales; son toda
clase de obligaciones ya sean remunerativas o no a favor de los empleados de
una entidad, estas pueden ser a corto plazo o a largo a largo plazo y a la
terminación de la relación laboral.
Obligaciones Laborales a corto plazo;
son las remuneraciones y los pagos que se realizan en favor de un empleado o de
sus dependientes económicos producto de la relación laboral que se mantiene con
la entidad, tales como sueldos y salarios, tiempo extra, compensaciones,
vacaciones, prima vacacional, aguinaldos, comisiones, destajos y en general
cualquier pago que se realice habitualmente siempre que sean pagaderos dentro
de los doce meses siguientes al corte del ejercicio.
Obligaciones Laborales a Largo plazo;
son las remuneraciones y los pagos que se realizan en favor de un empleado o de
sus familiares ocasionados por la relación laboral, o en su caso por cualquier pago que se realice
habitualmente siempre que sean pagaderos en mas
de los doce meses siguientes al corte del ejercicio, dentro de estas
obligaciones podría entrar también, los pagos por aniversario (pago después de
25 años de trabajar en la empresa), los pagos realizados después de haber trabajados un largo periodo
en la empresa como son años sabáticos.
Obligaciones a la Terminación de la Relación
Laboral; son remuneraciones o pagos que se realizan a favor del trabajador o su
familiares al terminar la relación laboral, tales como la Prima de antigüedad,
alguna indemnización previamente pactada, bonos por retiro y demás.
Obligaciones Laborales Proyectadas;
es el monto de las obligaciones laborales que se debe provisionar para que existan
los fondos suficientes al momento en que se deba hacer frente a la obligación
valuadas a los valores nominales que se tendrán a la fecha de liquidación ( si
suponemos que el salario mínimo crecerá un 3% anual en los próximos 20 años,
siendo que actualmente el salario mínimo vale 60 pesos su valor proyectado
alcanzará el valor de 90 en 20 años (Siendo que esta cifra es el valor
proyectado)
Valor Futuro de la Obligación; es el
valor que alcanzara la obligación el día que se tenga que liquidar, por lo que
para su integración es importante que se determinen las obligaciones laborales
proyectadas a valor nominal.
Valor presente de la Obligación; es
el valor al que se llega después de descontar su valor futuro a la tasa de
interés a la que se estima que se estará
financiando el fondo o en el caso en que no se disponga de los fondos el
valor futuro de la obligación debe descontarse a la tasa de inflación estimada.
Valor Probabilístico o actuarial; es
el valor presente de una obligación laboral de largo plazo sometida a la
probabilidad de que eventualmente puede suceder o no el suceso, dado que
algunas obligaciones laborales son la muy largo plazo, es conveniente para
reflejar adecuadamente el pasivo de una entidad incorporar el valor
probabilístico de que se ocasione o no el suceso, en el caso de la prima de
antigüedad, sabemos que podría existir el caso en que esa no sea exigible, y
esto se da cuando el empleado cambie de empleo voluntariamente antes de
alcanzar los 15 años de trabajo en la empresa, en este caso el estudio debe
plantear el valor probabilístico de que el empleado cobre o no su prima de antigüedad.
Ganancia o Perdida Probabilística;
puede darse el caso en que el contador sobre estime el pasivo por sobre estimar
la probabilidad de que se ocasione el suceso o podría ser al revés, en este
caso y dado que el pasivo por obligaciones laborales debe estudiarse cada año,
debe entonces reconocerse una perdía o una ganancia por este motivo.
Activos del Plan; puede darse el caso
en que la empresa aporte una cantidad mayor a la requerida en el fondo, si este
fuera el caso reconocerá el activo en los Estados Financieros al cierre del
ejercicio.
Servicios Pasados; en el caso en que
la empresa reconozca su pasivo laboral uno o más ejercicio después al ejercicio
de inicio, deberá reconocer cuanto del pasivo laboral es atribuible a los
ejercicios pasados.
Servicios Corrientes; en este caso
nos referimos a las obligaciones laborales que se generaron en el ejercicio
corriente.
Servicios Futuros; en este caso nos
referimos a las obligaciones que se espera se generen en los ejercicios futuros.
Paridas pendientes de amortizar;
estas partidas serán las propias de ejercicios pasados (servicios pasados) las
cuales deben amortizarse de acuerdo a los años futuros mas el corriente.
Plan Financiado; cuando efectivamente
se deposita el valor presente del fondo en un fideicomiso y se generan
intereses a favor del fondo.
Plan sin Financiamiento; cuando no se
deposita el monto de la obligación presente en un fondo sino que solamente se
reconoce la obligación.
Valuación
Obligaciones
a corto plazo
Tales como:
a)
Sueldos, salarios, compensaciones, y en general cualquier
pago que se derive de una relación laboral, el cual sea exigible a corto plazo
(menos de un año)
b)
Vacaciones, prima de
vacaciones, y en general cualquier obligación que se genere a favor del
trabajador y su familia por este concepto, siempre que estas obligaciones sean
exigibles en un plazo menor a un año.
c)
Bonos o premios derivados de los resultados obtenidos, así
como la participación de los
trabajadores en las utilidades de la empresa siempre que todas estas
obligaciones sean exigibles en un plazo menor a un ejercicio
d)
Obligaciones en bienes
o en servicios, como es el caso de las derivadas de los planes de previsión
social o de los contratos colectivos de trabajo, servicios médicos, cuotas a
clubes o asociaciones tales como despensas, uniformes, herramientas de trabajo,
y en general cualquier bien o servicio que se otorgue a los trabajadores o sus
familias en virtud de dichos planes o en su caso de los contratos colectivos de
trabajo
Las obligaciones a corto
plazo deben reconocerse a su valor histórico,
como gastos o costos ordinarios
dependiendo de la relación que guarden con los mismos, en los resultados del
periodo y conforme se devenguen independientemente de la fecha en que se paguen,
este pasivo debe revisarse cada vez que se presente información financiera.
Obligaciones Laborales a Largo Plazo
Este tipo de obligaciones
tiene que ver con aquellas donde la empresa se obliga con el trabajador o con
su familia a otorgar un beneficio o remuneración por el simple transcurso del
tiempo, siempre que para obtener este beneficio el trabajador deba laborar en
la empresa más de un ejercicio, bonos por aniversario, por ejemplo el otorgar cinco
meses de sueldo si el trabajador alcanza los 25 años de laborar en la empresa,
o el otorga un semestre sabático si el empleado alcanza seis años de laborar en
la empresa, cualquier obligación que se genere y la cual deba pagarse antes del
retiro debe provisionarse a su valor probabilístico, siempre que se haya
devengado y por el monto que le corresponda a cada periodo, las obligaciones a
largo plazo podrían ser:
a)
Periodos prolongados con goce de sueldo al cumplir cierta
cantidad de años trabajando para la misma empresa.
b)
Bonos, premios o incentivos otorgados a los trabajadores
después de laborar un periodo importante de años para la empresa, por ejemplo
algún tipo de bono por aniversario
c)
Obligaciones de pago de utilidades a los trabajadores
producto de desempeños que involucren a un periodo mayor a un año.
d)
Obligaciones en bienes o servicios los cuales se otorguen a
los trabajadores o sus familias, producto de la relación laboral, los cuales se
generen por contratos colectivos o individuales de trabajo o planes de
previsión social los cuales involucren obligaciones de pago por periodos
mayores a un ejercicio anual.
Por ejemplo, digamos que
el empleado tiene derecho a el pago integro de su salario (el 100% de su sueldo
cuando cumpla cinco años de laborar en la empresa) al monto que se deba pagar
en el ejercicio futuro (salarios proyectados), sin presentarse a trabajar
durante el sexto año de labores, siempre que hubiere trabajado cinco años
ininterrumpidos dentro de la misma empresa, goce de cabal salud (no haya muerto
ni se encuentre incapacitado totalmente) y no haya alcanzado la edad de retiro
y no trabaje para otra empresa durante dicho periodo. Si esta fuera la prestación,
entonces, el contador debe provisionar cada año un 20% del pago que se deberá
hacer el último día del quinto añade
trabajo, iniciando el ejercicio de contratación con la provisión dicho pasivo,
bajo esta lógica, el contador debe preguntares varias cuestiones:
¿Cuanto será el sueldo del
empleado al momento de que goce de su año sabático?
¿Cuál es la probabilidad
de que llegue vivo al final del quinto año?
¿Cuál es la probabilidad
de que llegue con cabal salud al final del quinto año?
¿Cuál es la probabilidad
de que no cambie de empleo antes de
llegar al final del quinto ejercicio?
Como podrá apreciarse, el
contador debe tener el dinero listo el ultimo día del quinto año siempre que el
empleado llegue vivo a reclamarlo, goce de cabal salud y no haya cambiado de
trabajo con anterioridad, para tal efecto debe provisionar ejercicio tras
ejercicio tras ejercicio el monto que en el futuro alcance para pagar esta súper
prestación, para estos efectos debe calcular un valor probabilístico o
actuarial, el cual contemple que dicha provisión debe crearse a valor futuro,
debiendo contemplar tres probabilidades, la probabilidad de que llegue vivo al
final del quinto año, de que llegue gozando de cabal salud y de que no cambie
de empleo con anterioridad.
Para efectos de reconocer
las probabilidades de que suceda o no el asunto en cuestión, el contador debe
estudiar las probabilidades que históricamente ha enfrentado la misma empresa
que tiene la obligación, en caso de no contar con el estudios de incidencias
del personal, podrían utilizarse el estudio de empresas comparables (empresas
que se dediquen a la misma actividad) o en el caso de que estas no cuenten con
el mismo podrá utilizar el de la industria,
en el caso de que tampoco se tenga, podrá aplicarse las probabilidades que
publica el
Instituto Mexicano del Seguro Social.
Por tal razón la entidad
está obligada a reconocer un pasivo por obligaciones laborales de Largo plazo,
este debe reconocerse a su valor futuro proyectado, descontándolo a valor
presente a una tasa adecuada de descuento, involucrando las probabilidades
relacionadas que reflejen el estado actual de la obligación, este pasivo debe
revisarse cada ejercicio.
Obligaciones a la Terminación de la Relación Laboral
La mayoría de las empresas
Pequeñas y Medianas, no manejan planes de pensiones o jubilaciones, por lo que
en exclusiva me referiré a las siguientes prestaciones:
a)
Obligación de pagar la prima de antigüedad que de acuerdo con
la ley laboral Mexicana consiste en otorgar doce días de salario mínimo por año
de servicios, tope dos veces el salario mínimo, siendo que la única excepción
para otorgar esta obligación a los trabajadores o sus familias es si el
trabajador cambia de empleo antes de cumplir quince años laborando en la
empresa.
b)
Obligaciones en efectivo, en bienes o servicios que la
empresa se haya obligado a otorgar al término de la relación laboral.
La entidad debe reconocer
el pasivo laboral que se ocasiona por las obligaciones que se tendrá el día en que se terminen las relación
laboral por razones justificadas a su valor probabilístico o actuarial,
proyectando los importes de los pagos en el tiempo retrotrayéndolos a valor
presente, incorporándole las probabilidades relacionadas y el efecto si es que
el fondo se invierte o no, el pasivo por obligaciones al termino de las
relaciones laborales debe determinarse año con año.
Puede darse el caso en que
el reconocimiento del pasivo se de varios años después de que la obligación se
genero, si este fuera el caso la entidad determinar el pasivo relacionado con
los servicios pasados y lo amortizara de acuerdo a los años en que se presenten
servicios en el futuro incluyendo el ejercicio corriente.
En el caso en que la
entidad aporte los fondos año con año a un fideicomiso o algún tipo de
instrumento financiero con objeto de que se separen dichos fondos del haber de
la entidad, esta proyectar sus obligaciones a valores futuros nominales (sin
descontar la inflación) y descontara dichos fondos a la tasa de interés nominal
que dichos fondos generen en el tiempo.
Tratándose de la prima de
antigüedad, la entidad deberá provisionarla de acuerdo con el número de años
que el trabajador alcance en la empresa provisionando un porción cada ejercicio
(esto es si el trabajador entra a trabajar a los 20 años y se espera que
concluya su vida laboral en la empresa a los 65 años, su vida laboral será de
45 años, por lo que deberá reconocer una proporción del pasivo cada año) está
solo deberá incorporar la probabilidad de movilidad (cambio de empleo) del
trabajador y solo por los primeros quince años de servicio (la razón es muy
sencilla después de los 15 años de servicio el pago de la prima de antigüedad
es obligatorio en todos los caso, ya sea por muerte, éste se le pagaría a la
familia, por incapacidad total, o en su caso por movilidad.
Puede ser que la entidad
presente ganancias o pérdidas probabilísticas o actuariales, estas se darán en
el caso en que la entidad haya estimado o subestimado su pasivo, es importante
mencionar que las probabilidades que deben utilizarse son las que haya
acumulado la empresa a lo largo de tiempo, en el caso de no contar con ellas
podrán utilizarse las estadísticas de empresas que sean comparables, o las
estadísticas de la industria o en el caso de no contar con ellas se podrán
utilizar las del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Cuando se trate de
obligaciones en dinero, en bienes o en servicios, estos deben reconocerse como
un pasivo laboral a su importe proyectado, retrotrayéndolas a valor presente, y
estimando su valor probabilístico o actuarial, estos pasivos deben estudiarse
cada ejercicio realizando los ajustes pertinentes.
Presentación
Las Obligaciones Laborales
a Corto Plazo deben presentarse dentro del estado financiero como pasivo a
corto plazo.
Las obligaciones a largo
plazo y aquellas que sean a la terminación de la relación laboral, cuya
exigibilidad sea a un plazo menos a un año deben presentarse a corto plazo,
aquellas que sean a un plazo mayor a un año deben presentarse a largo plazo.
Revelación
Debe revelarse la
composición de las obligaciones laborales a largo plazo y las obligaciones por
terminación de la relación laboral, es importante revelar los servicios pasados
amortizados y no amortizados, así como las ganancias y perdidas probabilísticas
o actuariales.
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