martes, 6 de diciembre de 2011

Mariano Latapi: Obligaciones Laborales



Mariano Latapi Ramirez

Por
Objetivo

Esta norma tiene como objetivo, otorgar el tratamiento contable que las PYMES deben otorgar a los pasivos que se ocasionan en virtud de mantener relaciones laborales con trabajadores y empleados, considerando las obligaciones a corto plazo (plazo menor a un año) y a largo plazo (plazo mayor a un año) o a la terminación d ela relación laboral.

Alcance

Esta NIFPIMEX debe ser aplicable a toda PYMES que emita Estados Financieros siempre que mantengan relaciones laborales con sus empleados, y siempre que no manejen Planes de Pensiones o jubilaciones con su personal, en este último caso se pide aplicar la Norma Plena.

Definiciones

Obligaciones Laborales; son toda clase de obligaciones ya sean remunerativas o no a favor de los empleados de una entidad, estas pueden ser a corto plazo o a largo a largo plazo y a la terminación de la relación laboral.

Obligaciones Laborales a corto plazo; son las remuneraciones y los pagos que se realizan en favor de un empleado o de sus dependientes económicos producto de la relación laboral que se mantiene con la entidad, tales como sueldos y salarios, tiempo extra, compensaciones, vacaciones, prima vacacional, aguinaldos, comisiones, destajos y en general cualquier pago que se realice habitualmente siempre que sean pagaderos dentro de los doce meses siguientes al corte del ejercicio.

Obligaciones Laborales a Largo plazo; son las remuneraciones y los pagos que se realizan en favor de un empleado o de sus familiares ocasionados por la relación laboral, o en su caso  por cualquier pago que se realice habitualmente siempre que sean pagaderos en mas  de los doce meses siguientes al corte del ejercicio, dentro de estas obligaciones podría entrar también, los pagos por aniversario (pago después de 25 años de trabajar en la empresa), los pagos realizados  después de haber trabajados un largo periodo en la empresa como son años sabáticos.

Obligaciones a la Terminación de la Relación Laboral; son remuneraciones o pagos que se realizan a favor del trabajador o su familiares al terminar la relación laboral, tales como la Prima de antigüedad, alguna indemnización previamente pactada, bonos por retiro y demás.

Obligaciones Laborales Proyectadas; es el monto de las obligaciones laborales que se debe provisionar para que existan los fondos suficientes al momento en que se deba hacer frente a la obligación valuadas a los valores nominales que se tendrán a la fecha de liquidación ( si suponemos que el salario mínimo crecerá un 3% anual en los próximos 20 años, siendo que actualmente el salario mínimo vale 60 pesos su valor proyectado alcanzará el valor de 90 en 20 años (Siendo que esta cifra es el valor proyectado)

Valor Futuro de la Obligación; es el valor que alcanzara la obligación el día que se tenga que liquidar, por lo que para su integración es importante que se determinen las obligaciones laborales proyectadas a valor nominal.

Valor presente de la Obligación; es el valor al que se llega después de descontar su valor futuro a la tasa de interés a la que se estima que se estará  financiando el fondo o en el caso en que no se disponga de los fondos el valor futuro de la obligación debe descontarse a la tasa de inflación estimada.

Valor Probabilístico o actuarial; es el valor presente de una obligación laboral de largo plazo sometida a la probabilidad de que eventualmente puede suceder o no el suceso, dado que algunas obligaciones laborales son la muy largo plazo, es conveniente para reflejar adecuadamente el pasivo de una entidad incorporar el valor probabilístico de que se ocasione o no el suceso, en el caso de la prima de antigüedad, sabemos que podría existir el caso en que esa no sea exigible, y esto se da cuando el empleado cambie de empleo voluntariamente antes de alcanzar los 15 años de trabajo en la empresa, en este caso el estudio debe plantear el valor probabilístico de que el empleado cobre o no su prima de antigüedad.

Ganancia o Perdida Probabilística; puede darse el caso en que el contador sobre estime el pasivo por sobre estimar la probabilidad de que se ocasione el suceso o podría ser al revés, en este caso y dado que el pasivo por obligaciones laborales debe estudiarse cada año, debe entonces reconocerse una perdía o una ganancia por este motivo.

Activos del Plan; puede darse el caso en que la empresa aporte una cantidad mayor a la requerida en el fondo, si este fuera el caso reconocerá el activo en los Estados Financieros al cierre del ejercicio.

Servicios Pasados; en el caso en que la empresa reconozca su pasivo laboral uno o más ejercicio después al ejercicio de inicio, deberá reconocer cuanto del pasivo laboral es atribuible a los ejercicios pasados.

Servicios Corrientes; en este caso nos referimos a las obligaciones laborales que se generaron en el ejercicio corriente.

Servicios Futuros; en este caso nos referimos a las obligaciones que se espera se generen en los ejercicios futuros.

Paridas pendientes de amortizar; estas partidas serán las propias de ejercicios pasados (servicios pasados) las cuales deben amortizarse de acuerdo a los años futuros mas el corriente.

Plan Financiado; cuando efectivamente se deposita el valor presente del fondo en un fideicomiso y se generan intereses a favor del fondo.

Plan sin Financiamiento; cuando no se deposita el monto de la obligación presente en un fondo sino que solamente se reconoce la obligación.

Valuación

Obligaciones a corto plazo

Tales como:

a)   Sueldos, salarios, compensaciones, y en general cualquier pago que se derive de una relación laboral, el cual sea exigible a corto plazo (menos de un año)

b)    Vacaciones, prima de vacaciones, y en general cualquier obligación que se genere a favor del trabajador y su familia por este concepto, siempre que estas obligaciones sean exigibles en un plazo menor a un año.

c)   Bonos o premios derivados de los resultados obtenidos, así como la participación  de los trabajadores en las utilidades de la empresa siempre que todas estas obligaciones sean exigibles en un plazo menor a un ejercicio

d)   Obligaciones  en bienes o en servicios, como es el caso de las derivadas de los planes de previsión social o de los contratos colectivos de trabajo, servicios médicos, cuotas a clubes o asociaciones tales como despensas, uniformes, herramientas de trabajo, y en general cualquier bien o servicio que se otorgue a los trabajadores o sus familias en virtud de dichos planes o en su caso de los contratos colectivos de trabajo

Las obligaciones a corto plazo deben reconocerse  a su valor histórico, como gastos o costos  ordinarios dependiendo de la relación que guarden con los mismos, en los resultados del periodo y conforme se devenguen independientemente de la fecha en que se paguen, este pasivo debe revisarse cada vez que se presente información financiera.

Obligaciones Laborales a Largo Plazo

Este tipo de obligaciones tiene que ver con aquellas donde la empresa se obliga con el trabajador o con su familia a otorgar un beneficio o remuneración por el simple transcurso del tiempo, siempre que para obtener este beneficio el trabajador deba laborar en la empresa más de un ejercicio, bonos por aniversario, por ejemplo el otorgar cinco meses de sueldo si el trabajador alcanza los 25 años de laborar en la empresa, o el otorga un semestre sabático si el empleado alcanza seis años de laborar en la empresa, cualquier obligación que se genere y la cual deba pagarse antes del retiro debe provisionarse a su valor probabilístico, siempre que se haya devengado y por el monto que le corresponda a cada periodo, las obligaciones a largo plazo podrían ser:

a)   Periodos prolongados con goce de sueldo al cumplir cierta cantidad de años trabajando para la misma empresa.

b)   Bonos, premios o incentivos otorgados a los trabajadores después de laborar un periodo importante de años para la empresa, por ejemplo algún tipo de bono por aniversario

c)   Obligaciones de pago de utilidades a los trabajadores producto de desempeños que involucren a un periodo mayor a un año.

d)   Obligaciones en bienes o servicios los cuales se otorguen a los trabajadores o sus familias, producto de la relación laboral, los cuales se generen por contratos colectivos o individuales de trabajo o planes de previsión social los cuales involucren obligaciones de pago por periodos mayores a un ejercicio anual.

Por ejemplo, digamos que el empleado tiene derecho a el pago integro de su salario (el 100% de su sueldo cuando cumpla cinco años de laborar en la empresa) al monto que se deba pagar en el ejercicio futuro (salarios proyectados), sin presentarse a trabajar durante el sexto año de labores, siempre que hubiere trabajado cinco años ininterrumpidos dentro de la misma empresa, goce de cabal salud (no haya muerto ni se encuentre incapacitado totalmente) y no haya alcanzado la edad de retiro y no trabaje para otra empresa durante dicho periodo. Si esta fuera la prestación, entonces, el contador debe provisionar cada año un 20% del pago que se deberá hacer el último día del quinto  añade trabajo, iniciando el ejercicio de contratación con la provisión dicho pasivo, bajo esta lógica, el contador debe preguntares varias cuestiones:

¿Cuanto será el sueldo del empleado al momento de que goce de su año sabático?

¿Cuál es la probabilidad de que llegue vivo al final del quinto año?

¿Cuál es la probabilidad de que llegue con cabal salud al final del quinto año?

¿Cuál es la probabilidad de  que no cambie de empleo antes de llegar al final del quinto ejercicio?

Como podrá apreciarse, el contador debe tener el dinero listo el ultimo día del quinto año siempre que el empleado llegue vivo a reclamarlo, goce de cabal salud y no haya cambiado de trabajo con anterioridad, para tal efecto debe provisionar ejercicio tras ejercicio tras ejercicio el monto que en el futuro alcance para pagar esta súper prestación, para estos efectos debe calcular un valor probabilístico o actuarial, el cual contemple que dicha provisión debe crearse a valor futuro, debiendo contemplar tres probabilidades, la probabilidad de que llegue vivo al final del quinto año, de que llegue gozando de cabal salud y de que no cambie de empleo con anterioridad.

Para efectos de reconocer las probabilidades de que suceda o no el asunto en cuestión, el contador debe estudiar las probabilidades que históricamente ha enfrentado la misma empresa que tiene la obligación, en caso de no contar con el estudios de incidencias del personal, podrían utilizarse el estudio de empresas comparables (empresas que se dediquen a la misma actividad) o en el caso de que estas no cuenten con el mismo podrá utilizar el de  la industria, en el caso de que tampoco se tenga, podrá aplicarse las probabilidades que publica    el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Por tal razón la entidad está obligada a reconocer un pasivo por obligaciones laborales de Largo plazo, este debe reconocerse a su valor futuro proyectado, descontándolo a valor presente a una tasa adecuada de descuento, involucrando las probabilidades relacionadas que reflejen el estado actual de la obligación, este pasivo debe revisarse cada ejercicio.

Obligaciones a la Terminación de la Relación Laboral

La mayoría de las empresas Pequeñas y Medianas, no manejan planes de pensiones o jubilaciones, por lo que en exclusiva me referiré a las siguientes prestaciones:

a)   Obligación de pagar la prima de antigüedad que de acuerdo con la ley laboral Mexicana consiste en otorgar doce días de salario mínimo por año de servicios, tope dos veces el salario mínimo, siendo que la única excepción para otorgar esta obligación a los trabajadores o sus familias es si el trabajador cambia de empleo antes de cumplir quince años laborando en la empresa.

b)   Obligaciones en efectivo, en bienes o servicios que la empresa se haya obligado a otorgar al término de la relación laboral.

La entidad debe reconocer el pasivo laboral que se ocasiona por las obligaciones que se  tendrá el día en que se terminen las relación laboral por razones justificadas a su valor probabilístico o actuarial, proyectando los importes de los pagos en el tiempo retrotrayéndolos a valor presente, incorporándole las probabilidades relacionadas y el efecto si es que el fondo se invierte o no, el pasivo por obligaciones al termino de las relaciones laborales debe determinarse año con año.

Puede darse el caso en que el reconocimiento del pasivo se de varios años después de que la obligación se genero, si este fuera el caso la entidad determinar el pasivo relacionado con los servicios pasados y lo amortizara de acuerdo a los años en que se presenten servicios en el futuro incluyendo el ejercicio corriente.

En el caso en que la entidad aporte los fondos año con año a un fideicomiso o algún tipo de instrumento financiero con objeto de que se separen dichos fondos del haber de la entidad, esta proyectar sus obligaciones a valores futuros nominales (sin descontar la inflación) y descontara dichos fondos a la tasa de interés nominal que dichos fondos generen en el tiempo.

Tratándose de la prima de antigüedad, la entidad deberá provisionarla de acuerdo con el número de años que el trabajador alcance en la empresa provisionando un porción cada ejercicio (esto es si el trabajador entra a trabajar a los 20 años y se espera que concluya su vida laboral en la empresa a los 65 años, su vida laboral será de 45 años, por lo que deberá reconocer una proporción del pasivo cada año) está solo deberá incorporar la probabilidad de movilidad (cambio de empleo) del trabajador y solo por los primeros quince años de servicio (la razón es muy sencilla después de los 15 años de servicio el pago de la prima de antigüedad es obligatorio en todos los caso, ya sea por muerte, éste se le pagaría a la familia, por incapacidad total, o en su caso por movilidad.

Puede ser que la entidad presente ganancias o pérdidas probabilísticas o actuariales, estas se darán en el caso en que la entidad haya estimado o subestimado su pasivo, es importante mencionar que las probabilidades que deben utilizarse son las que haya acumulado la empresa a lo largo de tiempo, en el caso de no contar con ellas podrán utilizarse las estadísticas de empresas que sean comparables, o las estadísticas de la industria o en el caso de no contar con ellas se podrán utilizar las del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Cuando se trate de obligaciones en dinero, en bienes o en servicios, estos deben reconocerse como un pasivo laboral a su importe proyectado, retrotrayéndolas a valor presente, y estimando su valor probabilístico o actuarial, estos pasivos deben estudiarse cada ejercicio realizando los ajustes pertinentes.

Presentación

Las Obligaciones Laborales a Corto Plazo deben presentarse dentro del estado financiero como pasivo a corto plazo.

Las obligaciones a largo plazo y aquellas que sean a la terminación de la relación laboral, cuya exigibilidad sea a un plazo menos a un año deben presentarse a corto plazo, aquellas que sean a un plazo mayor a un año deben presentarse a largo plazo.

Revelación 
Debe revelarse la composición de las obligaciones laborales a largo plazo y las obligaciones por terminación de la relación laboral, es importante revelar los servicios pasados amortizados y no amortizados, así como las ganancias y perdidas probabilísticas o actuariales.

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