Mariano Latapi Ramirez
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Objetivo
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El objetivo de esta norma es el de establecer las normas particulares de valuación, de presentación y de revelación para el reconocimiento contable del Deterioro de Activos de Larga Duración.
Alcance
1.- Esta norma resuelve sobre el tratamiento contable que debe otorgarse al Deterioro de Activos de Larga Duración que enfrentan las pequeñas y medianas empresas (PYMES), ya sean Personas Físicas con actividades lucrativas o Personas Morales lucrativas y no lucrativas en lo concerniente a sus Activos de Larga Duración .
2.- Los Activos de Larga Duración, son unidades fabriles, comerciales o unidades que contengan una serie de activos orientados a prestar servicio, los Activos Corporativos y los activos intangibles como podrían ser las patentes, marcas, nombres comerciales, derechos de autor entre otros.
3.- No forman parte del la presente Norma, los Deterioros que presenten, las cuentas por cobrar, los inventarios, los activos por impuestos diferidos, los activos producto de planes de pensiones o algún derecho laboral, asi como los instrumentos financieros, cada una de las normas correspondientes, resolverá sobre el tratamiento que en este particular deberá otorgarse a este tipo de activos.
4.- Las disposiciones de esta NIF es aplicable a las empresas que no coticen o suscriban deuda en mercados reconocidos.
5.- Definiciones:
(a) Activos de Larga Duración; son Activos que adquiere la empresa y permanecen en el Largo Plazo, de estos se espera que generen flujos de efectivo positivos en el futuro.
(b) Activos Intangibles, son activos que generan beneficios económicos futuros, son propiedad legal o asumida de la entidad y se pueden cuantificar confiablemente.
(c) Unidad Generadora de Efectivo (UGE); es la suma de varios activos financieros, fijos e intangibles que dan como efecto un flujo neto de efectivo en el tiempo, una UGE podría ser un Hotel, este genera un flujo de ingreso por la prestación del servicio de la hotelería siendo que los activos que se utiliza para la prestación de este servicio son; los edificios, las albercas, los restaurantes, el terreno, los activos financieros (cuentas por cobrar, los inventarios) los activos intangibles (marcas y nombres comerciales) entre otros.
El Deterioro debe cuantificarse en términos de una Unidad Generadora de Efectivo donde debe incluirse el activo fijo, el activo intangible, los activos financieros netos y en general cualquier activo que se utilice para generar dichos flujos de efectivo proyectando los flujos de ingreso y los flujos de egreso en el tiempo.
(c) Activo Principal de una UGE; es el activo preponderante de una UGE, en el caso de una tienda de departamentos, el activo principal seria el inmueble, en el caso de una aerolínea, el activo principal seria un aeronave.
(d) Tasa adecuada de Descuento o Costos Ponderado de Capital de la UGE; la tasa que debe utilizarse para determinar el deterioro debe ser la tasa que mejor refleje el costo real de financiar a la UGE, este costo debe incluir no solo el costos de los recursos ajenos (toda clase de financiamientos) sino que también el costo de los recursos propios ( el costo por financiarse con recursos de accionistas, como es la tasa esperada de retorno) la suma ponderada de ambas tasas debe calcularse por el periodo por el cual se está evaluando el deterioro, esta tasa ponderada debe de proyectarse en términos reales (sin inflación) y sin considerar el riesgo si los flujos de efectivo Netos proyectados ya lo incluyen (véase la guía de aplicación) en caso contrario si deberá implicarse el riesgo.
(e) Flujos de Efectivo Netos Proyectados (FENP); son los flujos de Ingreso netos de los flujos de egreso y el costo de reposición del activo, proyectados a futuro considerando la vida utilizable del activo principal.
(f) Flujos de Ingreso; estos son propios de los ingresos por la operación normal de la UGE, estos solo podrán incluir incrementos los primeros cinco ejercicios, salvo en el caso en que se compruebe fehacientemente incrementos adicionales en periodos subsecuentes, en caso contrario los flujos deberán permaneces cosntantes.
(g) Flujos de Egreso; estos son los propios relacionados en el caso de las empresas fabriles con las materias primas, mano de obra, gastos de fabrica, en el caso de las empresas comerciales con el costos de las mercancías que distribuye y en el caso de los servicios, con el costo de los recursos humanos que contrate, más los gastos de operación, incluyendo los impuestos propios de las operaciones ordinarias, pero sin incluir ningún cargo virtual como depreciaciones, amortizaciones, provisiones o estimaciones, ni cargos financieros tampoco.
(h) Costo de la Reposición del Activo CRA; es el costo en que incurren las empresas para mantener en condiciones de uso la Unidad Generadora de Efectivo, es decir es la reposición de ciertos activos periféricos necesarios para que la UGE siga operando hasta concluir su vida utilizable.
(i) Vida utilizable; es el lapso de tiempo que la UGE se piensa utilizar o se podría utilizar para generar flujos de efectivo en el futuro.
(j) Valor de Uso: es la proyección de los Flujos de Efectivo Netos Proyectados de una Unidad Generadora de Efectivo, en el tiempo, retrotraídos a valor presente descontándolos a al Costos Ponderado de Capital o tasa adecuada de descuento.
(k) Valor de Mercado, es el precio al que dos partes independientes informadas, actuando en mercado abiertos al público, intercambian bienes, intangibles o servicios.
(l) Valor Recuperable; es el mayor entre el valor de Uso y el valor de mercado de una Unidad Generadora de Efectivo.
(m) Deterioro; es el efecto real de pérdida de valor de una UGE generado por una disminución en el valor de recuperabilidad comparándolo contra el Valor Neto en Libros de la misma.
(n) Prueba de Recuperabilidad; la entidad deberá identificar la composición e integración de sus unidades generadoras de efectivos y deberá evaluar su recuperabilidad, ya sea utilizando la técnica de Valor de Uso o determinado el Valor de Mercado de la misma el mayor (Valor de Recuperabilidad) y compararlos contra el valor en libros de la UGE.
(o) Activos Corporativos: son Activos que comúnmente no generan flujos de efectivo, tales como edificios corporativos, intangibles, sistemas de computo y demás.
Principio de reconocimiento
6.- Una entidad reconocerá una reducción en el valor en libros de los activos no monetarios que forman parte de una Unidad Generadora de Efectivo y hasta por el valor de recuperabilidad, cuando el valor de recuperabilidad sea inferior al valor en libros de los activos contenidos en una UGE, este efecto deberá ser enviado como una partida no ordinaria al estado de resultados del ejercicio en que esto se presente.
7.- La entidad reconocerá la perdida por deterioro en el ejercicio en que esto suceda, debiendo llevar el efecto contra la cuenta de otros gastos después de la utilidad de operación en el estado de resultados.
Reconocimiento Inicial
8.- La Administración de la Entidad deberá evaluar cada cierre de ejercicio si existe o no deterioro en sus Unidades Generadoras de Efectivo, esta evaluación deberá realizarse determinado cada ejercicio el valor de recuperabilidad de las UGE, comparando dicho valor contra el Valor en Libros de los activos de la UGE, el Deterioro se dará cuando el Valor en Libros sea mayor al Valor de Recuperabilidad.
9.- Valor Recuperable de una UGE.
El valor Recuperable de una UGE es el Valor de Mercado o el Valor de Uso el mayor.
10.- Valor de Uso
El Valor de Uso es el valor presente de los flujos de Efectivo Netos Proyectados, descontados al Costo de Capital Ponderado de la UGE, para este efecto deben calcularse los siguientes resultados:
(a) El Flujo de Ingresos Proyectado que la entidad espera obtener, tomado en consideración que dichos flujos solo podrán presentar incrementos reales en los primeros cinco ejercicios y estos deben proyectarse por la vida del activo principal.
(b) El Flujo de Egresos Proyectado, este rubro debe contener las erogaciones necesarias que la entidad debe realizar dentro de su operación para obtener los flujos de ingresos antes mencionados, conceptos como los costos y gasto de operación, asi como los impuestos atribuibles a estas operación sin incluir cargos virtuales a resultados como son las depreciación, amortización, estimación o provisión, asi como los gastos financieros ni tampoco cualquier erogación que no sea propia de las operaciones ordinarias de la entidad.
(c) Costo de la Reposición del Activo CRA; es el costo en que incurren las empresas para mantener en condiciones de uso la Unidad de negocios Productiva, es decir es la reposición de ciertos activos periféricos necesarios para que la UNP siga operando hasta concluir su vida utilizable.
(d) El costo ponderado del capital que financia la UGE en el periodo dado y en términos reales (descontando la inflación), o la tasa de descuento que mejor refleje el costo del dinero en el tiempo.
(e) La implicación del riesgo que afecte este proyecto, este riesgo pude incorporarse en los flujos netos de efectivo proyectados o en la tasa de descuento (véase guía de aplicación)
(f) Si el valor de rescate no viene implícito en los activos fijos o intangibles que integren la Unidad Generadora de Efectivo, estos deberán sumarse al Valor de Uso, ya que representan el valor que al final que se recuperar al final de la vida utilice los activos evaluados.
11.- Las estimaciones de flujos de efectivo deben estar aprobadas por la administración, de preferencia deben presentarse tres escenarios posibles para medir el desempeño de la UGE (escenario moderado, regular y alto), no es recomendable que la tasa de crecimiento real de los esceanriaos de ingresos se incremente después del quinto ano, sin embargo es to es factible si existen razones fundades para aplicar dichos crecimientos, a partir del sexto ano entonces debe mantenerse un flujo constante, es importante comentar que la proyecciones deben realizarse en términos reales, a precios de la fecha de la proyección y asi reverse en notas.
12.- Los Flujos de Efectivo no deberán contener efectos por adquisición de nuevos activos, ni de reestructuras planeadas o no planeadas, o mejoras en el rendimiento de activos aun no comprobadas, sin embargo si deberán contener el efecto de la reposición de activos con objeto de mantener la capacidad instalada en condiciones actuales de uso.
Reconocimiento de la Pérdida por Deterioro
13.- Una Perdida por Deterioro se reconocerá si y solo si el valor de recuperabilidad es inferior al valor en libros de la Unidad Generadora de Efectivo. La perdida por Deterioro se aplicara bajo el siguiente orden:
(a) en principio se reducirá cualquier avaluó que se haya reconocido en la contabilidad.
(b) el excedente deberá reducirse del valor en libros de los activos fijos e intangibles contenidosen la UGE, salvo que estos tengan un valor intrínseco y este no pueda reducirse (por ejemplo un terreno)
14.- Activos Corporativos
En el caso de que la entidad presente este tipo de activos, estos también deben ser evaluados, para tal efecto deberán reunirse todas las UGE de las empresas del Grupo, y con esto determinarse el excedente que en su caso la totalidad de las empresas del grupo presentan en materia de valor de recuperabilidad contra valor neto en libros, en el caso en que exista un excedente suficiente que cubra el valor en libros de los activos corporativos, estos no sufrirán deterioro, en caso contrario, deberá reconocerse el deterioro por la parte no cubierta y enviarse el efecto a resultados en el ejercicio en que esto ocurra.
Reconocimiento Posterior
14.- Eventualmente puede existir una reversión en las condiciones bajo las cuales se determino el Deterioro en ejercicios anteriores, puede que las expectativas de ingresos varíen por cambios en el mercado o puede que la empresa sea más eficiente o en su caso puede ser que las condiciones financieras puedan variar reduciendo asi la tasa de descuento, si este fuera el caso la entidad podrá revertir le perdida por deterioro que reconoció ejercicios anteriores, la reversión [puede ser total o parcial, en su caso deberá retribuirse el Activo hasta por el importe que hubiera alcanzado de nunca haber reconocido el Deterior, enviando el efecto a la cuenta de utilidades acumuladas, resarciendo aquellas que fueron castigadas por tal efecto.
Información a Presentar
15.- El Deterioro reconocido en el ejercicio corriente deberá incluirse dentro de la cuanta de otros gastos en el estado de resultados después de la utilidad de operación.
Información a Revelar
16.- Todas y cada una de las Unidades Generadoras de Efectivo, asi como los Valores de Uso que reflejan por ejercicio, reflejando adicionalmente su valor de recuperabilidad, los flujos netos proyectados, las tasas de descuento utilizadas y en su caso las pruebas de Deterioro cuando asi fueron procedentes.
17.- La entidad revelara por cada tipo de Activo que afecte
(a) las pérdidas por deterior reconocidas en cada ejercicio
(b) La reversión que por cada activo se reconoció en el ejercicio corriente
Miembros de la Comisión
Presidente CPC Adolfo Godoy Novoa
Vicepresidente CPC Adolfo García
Secretario Técnico CPC Mariano Latapi Ramírez
Secretario CPC Alma Lilia Brigada Rodríguez