Mariano Latapi Ramirez
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Objetivo
El objetivo de esta norma es el establecer un marco
normativo para valuar, reconocer y revelar los hechos posteriores a la fecha de
emisión de los Estados Financieros de la entidad.
Alcance
La presente norma debe aplicarse a todas las entidades que
requieran el reconocimiento del efecto
de los hechos posteriores en la emisión de sus Estados Financieros.
Definiciones
Fecha de emisión de los Estados Financieros, es la fecha del
estado de posición financiera o la fecha de corte del periodo contable que
abarquen otros estados financieros.
Hecho posterior, es la operación que sucede entre la fecha
de emisión de los estados financieros y la fecha en que se autorizan los
estados financieros para emitirlos ante terceros y pueden requerir ajuste y
revelación o solamente revelación.
Reglas de valuación
Los hechos posteriores deben ajustar y evaluar los importes
de los estados financieros a la fecha de misión ante terceros, o en su caso,
reconocer partidas no reconocidas con anterioridad.
Cuando las operaciones ocurridas por condiciones que surgen
después de la fecha de emisión de los estados financieros, solo se deberá
revelar el suceso con información adicional sin realizar ajustes a los importes
de los estados financieros.
Reglas de revelación
Cuando las condiciones que existían a la fecha de emisión de
los estados financieros hayan cambiado, se deberán actualizar las revelaciones
en notas y en los importes.
Son ejemplos de hechos posteriores que requieren ajuste y
revelación en los estados financieros:
a) Las
resoluciones de los juzgados
b) La recepción
de información evidente sobre deterioro de activos o pérdida por deterioro de
activos
c) Los importes
confirmados del costo de adquisición o valor neto de realización de activos
adquiridos o ingresos por activos vendidos antes de la fecha de emisión de los
estados financieros
d) Los importes
confirmados de devoluciones, rebajas o descuentos sobre ventas del periodo de
los estados financieros
e) Modificaciones
en la vida útil y los valores de desecho de activos
f) La
confirmación de probabilidad de ocurrencia para revelar una provisión
g) La existencia
de fraudes o errores que ocasionen la emisión de estados financieros
incorrectos
Se consideran que los hechos posteriores solo requieren
revelación cuando son importantes para la toma de decisiones y se deberá
revelar su naturaleza y su estimación para los efectos de los estados
financieros o la mención de la imposibilidad de estimar el efecto.
Cuando se acuerden reestructuraciones de cartera,
diferimiento de pagos de pasivos y capitalizaciones y aportaciones para futuros
aumentos de capital en el periodo posterior a la fecha de emisión de los
estados financieros, se revelarán en notas y no se ajustarán los importes.
Son ejemplos de hechos posteriores que solo requieren
revelación:
a) Los
referentes por adquisiciones de negocios tratados en la sección
b) La decisión
de discontinuación de operaciones
c) El decreto de
dividendos en fecha posterior a la emisión de los estados financieros
d) Reestructura
formalizada de cartera y pasivos
e) Compras
relevantes y disposición de activos
f) Catástrofes
que afecten a la entidad
g) La decisión
de planes de reestructura
h) Eventos
relacionados con las acciones de la entidad como emisión, colocación, recompra
y capitalizaciones y reducciones de capital
i) Efectos por
cambios en tipos de cambio
j) Cambios en
la legislación fiscal vigente que afecten a los activos y pasivos por impuestos
diferidos
k) Compromisos o
pasivos contingentes
l) Litigios
comenzados después de la fecha de emisión de los estados financieros
m) Afectaciones
negativas a cuentas por cobrar e inventarios después de la fecha de emisión de
los estados financieros
n) Incremento de
pasivos
o) Contingencias
del siguiente periodo
p) Disposiciones
gubernamentales
q) Modificaciones
en administración y control accionario
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