jueves, 3 de noviembre de 2011

Mariano Latapi: Hechos posteriores


Mariano Latapi Ramirez

Por 
 Objetivo
El objetivo de esta norma es el establecer un marco normativo para valuar, reconocer y revelar los hechos posteriores a la fecha de emisión de los Estados Financieros de la entidad.     
Alcance
La presente norma debe aplicarse a todas las entidades que requieran el reconocimiento  del efecto de los hechos posteriores en la emisión de sus Estados Financieros.    
Definiciones 
Fecha de emisión de los Estados Financieros, es la fecha del estado de posición financiera o la fecha de corte del periodo contable que abarquen otros estados financieros.  
Hecho posterior, es la operación que sucede entre la fecha de emisión de los estados financieros y la fecha en que se autorizan los estados financieros para emitirlos ante terceros y pueden requerir ajuste y revelación o solamente revelación.
Reglas de valuación
Los hechos posteriores deben ajustar y evaluar los importes de los estados financieros a la fecha de misión ante terceros, o en su caso, reconocer partidas no reconocidas con anterioridad.         
Cuando las operaciones ocurridas por condiciones que surgen después de la fecha de emisión de los estados financieros, solo se deberá revelar el suceso con información adicional sin realizar ajustes a los importes de los estados financieros.          
Reglas de revelación           
Cuando las condiciones que existían a la fecha de emisión de los estados financieros hayan cambiado, se deberán actualizar las revelaciones en notas y en los importes.  
Son ejemplos de hechos posteriores que requieren ajuste y revelación en los estados financieros:
a)        Las resoluciones de los juzgados
b)        La recepción de información evidente sobre deterioro de activos o pérdida por deterioro de activos
c)        Los importes confirmados del costo de adquisición o valor neto de realización de activos adquiridos o ingresos por activos vendidos antes de la fecha de emisión de los estados financieros
d)        Los importes confirmados de devoluciones, rebajas o descuentos sobre ventas del periodo de los estados financieros
e)        Modificaciones en la vida útil y los valores de desecho de activos
f)         La confirmación de probabilidad de ocurrencia para revelar una provisión
g)        La existencia de fraudes o errores que ocasionen la emisión de estados financieros incorrectos 
Se consideran que los hechos posteriores solo requieren revelación cuando son importantes para la toma de decisiones y se deberá revelar su naturaleza y su estimación para los efectos de los estados financieros o la mención de la imposibilidad de estimar el efecto.           
Cuando se acuerden reestructuraciones de cartera, diferimiento de pagos de pasivos y capitalizaciones y aportaciones para futuros aumentos de capital en el periodo posterior a la fecha de emisión de los estados financieros, se revelarán en notas y no se ajustarán los importes.       
Son ejemplos de hechos posteriores que solo requieren revelación:
a)        Los referentes por adquisiciones de negocios tratados en la sección
b)        La decisión de discontinuación de operaciones
c)        El decreto de dividendos en fecha posterior a la emisión de los estados financieros
d)        Reestructura formalizada de cartera y pasivos
e)        Compras relevantes y disposición de activos
f)         Catástrofes que afecten a la entidad
g)        La decisión de planes de reestructura
h)        Eventos relacionados con las acciones de la entidad como emisión, colocación, recompra y capitalizaciones y reducciones de capital
i)         Efectos por cambios en tipos de cambio
j)         Cambios en la legislación fiscal vigente que afecten a los activos y pasivos por impuestos diferidos
k)        Compromisos o pasivos contingentes
l)         Litigios comenzados después de la fecha de emisión de los estados financieros
m)       Afectaciones negativas a cuentas por cobrar e inventarios después de la fecha de emisión de los estados financieros
n)        Incremento de pasivos
o)        Contingencias del siguiente periodo
p)        Disposiciones gubernamentales
q)        Modificaciones en administración y control accionario

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